• Due Diligence
  • El término “Due Diligence” (DD) es traducida al español como la “debida diligencia” y se refiere a realizar detalladamente una serie de pequeñas auditorías financieras, legales y operativas de una empresa, es decir, una auditoría sobre Estados Financieros. Este proceso tiene como objetivo examinar minuciosamente las cifras financieras de una entidad o compañía objetivo que está en proceso de ser adquirida o fusionada con otra compañía y de la cual sólo se desean adquirir o fusionar los activos productivos y los pasivos reales de dicha compañía, a través de la compra directa de dichos activos y pasivos o, mediante la adquisición de las acciones de la sociedad poseedora de los activos y pasivos involucrados en la negociación. En esta diligencia se identifican tres entidades: vendedor (entidad económica a ser adquirida   compañía objetivo), comprador o inversionista (entidad jurídica o legal que tiene propuesto adquirir la compañía objetivo) y un sujeto (firmas de auditoría por ejemplo) que realice los trabajos previos a alguna inversión en la empresa, de tal manera que ayude al interesado (comprador o inversionista) a verificar y evaluar la razonabilidad de los objetivos del negocio, así como comprobar si se le han expuesto y/o revelado los planes de negocio de la empresa.
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