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Ley de Publicidad

Todo lo que digas o hagas de publicidad debe de ser comprobable y nada engañoso.

México D.F. a 24-07-2012

El día de hoy martes 24 de julio de 2012, se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación una nueva ley de publicidad en México, se trata de un acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Análisis y Verificación de la Información y Publicidad por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Básicamente, lo que este acuerdo dice es que todo lo que digas o hagas como forma de publicitar y promocionar tus servicios o productos, debe de ser comprobable y nada engañoso.

Es decir, que debes evitar poner información que induzca al error o confusión del consumidor por hacerlo de forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa.

Una de las novedades de esta nueva ley es que incluye cualquier medio por el que se haga publicidad o promoción, lo que incluye a: redes sociales, sitios web, apps, etcétera. Así que debes de cuidar muy bien tu contenido en cualquier plataforma donde la publiques.

De esta forma, toda la información sobre tu empresa, productos y servicios que ofreces debe de ser verdadera (nada engañosa) y clara, con la especificación correcta de cantidades, características, composición, calidad y precio.

Del mismo modo, debes informar acerca de los riesgos que represente un servicio o producto, como por ejemplo los productos que contienen gluten, que para algunas personas es nocivo.

A continuación te mostramos un extracto de este acuerdo:

“…de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la información o publicidad relativa a bienes, productos o servicios que se difundan por cualquier medio o forma, deberán ser veraces, comprobables y exentos de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión por engañosas o abusivas.”

No obstante, si cuentas con información un poco engañosa en tu sitio web o redes sociales, tienes treinta días naturales a partir de hoy (el día de su publicación) para que entre en vigor. Así que revisa tus contenidos, fotos, promociones y publicidad para que no tengas ningún problema.

Si quieres conocer la publicación completa del acuerdo puedes verlo aquí.

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